30000€ es el nuevo límite exento de garantía en las solicitudes de aplazamiento de deuda
Los contribuyentes que realicen solicitudes de aplazamiento con o sin fraccionamiento de deuda tributaria quedaran exentos de aportar garantía ( aval bancario, o hipotecaria) hasta 30.000 € de deuda, junto a dicha exención los contribuyentes contarán también con una rebaja del tipo de interés de demora para el 2016 del 3,75%.
Se reducen también el tiempo de resolución de dichos solicitudes, los periodos de carencia de los aplazamientos no podrán ser superiores a 3 meses a partir de la resolución. Se establece unos periodos máximos de fraccionamientos según el importe de la deuda.
Buenas
Que tiempo has dedicado a tremendo a porte y hay cuantiosas
cosas que no conocía que me has aclarado, esta espectacular..
te quería reconocer el espacio que dedicaste, con unas infinitas gracias, por instruir a personas como yo jujuju.
Besos, saludos
Que tiempo has dedicado a tremendo a porte y hay demasiadas cosas que no sabía que me has aclarado, esta genial..
te quería reconocer el espacio que dedicaste, con unas infinitas gracias, por
aconsejar a personas como yo jajaja.
Adios