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30000€ es el nuevo límite exento de garantía en las solicitudes de aplazamiento de deuda

Los contribuyentes que realicen solicitudes de aplazamiento con o sin fraccionamiento de deuda tributaria quedaran exentos de aportar garantía ( aval bancario, o hipotecaria) hasta 30.000 € de deuda, junto a dicha exención los contribuyentes contarán también con una rebaja del tipo de interés de demora para el 2016 del 3,75%.

Se reducen también el tiempo de resolución de dichos solicitudes, los periodos de carencia de los aplazamientos no podrán ser superiores a 3 meses a partir de la resolución. Se establece unos periodos máximos de fraccionamientos según el importe de la deuda.

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2 Comentarios

  1. Buenas

    Que tiempo has dedicado a tremendo a porte y hay cuantiosas
    cosas que no conocía que me has aclarado, esta espectacular..
    te quería reconocer el espacio que dedicaste, con unas infinitas gracias, por instruir a personas como yo jujuju.

    Besos, saludos

  2. :)

    Que tiempo has dedicado a tremendo a porte y hay demasiadas cosas que no sabía que me has aclarado, esta genial..

    te quería reconocer el espacio que dedicaste, con unas infinitas gracias, por
    aconsejar a personas como yo jajaja.

    Adios

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