sage-diario

SANCIONES PARA EMPRESAS QUE NO PRESENTAN LAS CUENTAS ANUALES EN EL REGISTRO MERCANTIL

Las sociedades mercantiles que cierran su ejercicio económico el 31 de diciembre, que son la mayoría, tienen de plazo hasta 30 días después de la aprobación por junta de las cuentas anuales para presentarlas en el Registro Mercantil de su provincia. Las sanciones que se están imponiendo van desde un mínimo de 1.200 euros y 60.000, aunque pueden elevarse a 300.000 euros por cada año de retraso en el cumplimiento.

Artículos relacionados

Dejar una respuesta

Atención: Mediante el envío de este formulario declaras haber leído y aceptado el Aviso Legal.

Puedes usar las siguientes etiquetas y atributos HTML: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>