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DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE OPERACIONES VINCULADAS

El BOE publica el nuevo Modelo 232, que las empresas deberán declarar en el mes de noviembre con datos de 2016.

Las sociedades obligadas deberán realizar la nueva declaración informativa sobre operaciones vinculadas y operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales sobre los periodos impositivos iniciados en el 2016 y que finalicen antes del 31 de diciembre de 2016.

La declaración informativa deberá presentarse en el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo al que se refiera la información a suministrar.

Estarán obligados a presentar el modelo 232 los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que actúen mediante establecimiento permanente, así como las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, que realicen operaciones con personas o entidades vinculadas con la misma persona o entidad vinculada, siempre que el importe de la contraprestación del conjunto de operaciones en el periodo impositivo supere los 250.000€. También operaciones especificas siempre que el importe conjunto de cada una de este tipo de operaciones en el periodo impositivo supere los 100.000€.

Tradicionalmente, esta obligación de información se ha llevado a cabo mediante la cumplimentación del cuadro de información con personas o entidades vinculadas contenido en el modelo 200 de declaración del Impuesto sobre Sociedades.

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