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ES USTED AUTÓNOMO? SABE QUE GASTOS SE PUEDE DEDUCIR?

Conoce los requisitos que han de cumplir los gastos para que puedan ser deducibles en su declaración de renta del próximo ejercicio?

La mayoría de los autónomos  que tributan en el régimen de estimación directa ya sea normal o simplificada en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas desconocen que gastos son fiscalmente deducibles y que gastos no se pueden desgravar.

Los gastos que desgravan reducen los ingresos y por tanto los rendimientos que tributan en la renta.

Los criterios utilizados por la Agencia Tributaria  para que un gasto sea deducible son los siguientes:

  • Han de ser gastos relacionados con la actividad económica que desarrolla y no con su vida particular.
  • Han de estar debidamente justificados con su factura correspondiente.
  • Han de estar registrados contablemente en los libros de gastos que el autónomo está obligado a llevar.

En algunas ocasiones, la línea que separa un gasto de la actividad con un gasto privado es difícil de determinar, sobre todo en casos como en el que se utiliza parte de la vivienda como local o despacho profesional, el vehículo propio para desplazamientos profesionales, el teléfono móvil…

En los últimos tiempos Hacienda ha incrementado los esfuerzos en la lucha contra el fraude fiscal con el objetivo de incrementar la recaudación por ello hay que tener todavía más diligencia a la hora de poder justificar la relación del gasto con la actividad.

Por ello, siempre que la actividad se desarrolle desde casa, se ha de notificar a la Agencia Tributaria la dirección, los m2 y el grado de utilización o afectación a la actividad. Ello permitirá justificar el % de los gastos (alquiler, consumos, suministros, reparaciones …)que se pueden deducir.

El vehículo es otro gastos que genera discusiones según la actividad que se desarrolle, por ejemplo para los agentes de comercio se permite deducir al 100% los gastos relacionados con el vehículo por considerar que es necesario para el desarrollo de la actividad en cambio para un contable no.

Lo mismo sucede con los gastos de comida, cenas y tickets, dichos gastos serán deducibles si son necesarios para la obtención de ingresos de su actividad, siempre y cuando estén debidamente justificados no siendo deducibles los tickets o facturas simplificadas que no se pueda identificar al destinatario.

Gastos Deducibles más Habituales:

  • Compras y consumos, material oficina.
  • Sueldos y Seguridad social, nóminas de trabajadores, los seguros sociales, los propios autónomos.
  • Arrendamientos y cánones.
  • Suministros electricidad, agua, telefonía.
  • Reparaciones y conservación.
  • Gastos de formación.
  • Gastos en telefonía e informática.
  • Gastos de otros profesionales.
  • Seguros, servicios bancarios.
  • Tasas, y tributos no estatales.
  • Gastos financieros, intereses préstamos bancarios.
  • Amortización de los bienes de inversión.
  • IVA soportado que no ha sido deducible.
  • Otros gastos, colegios profesionales, cursos, seguros médicos privados hasta un límite.
  • 5% Gastos de difícil justificación solo para los autónomos que tributen en estimación directa simplificada.

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