NUEVA REFORMA PARA LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS
El pasado de 24 Octubre del 2017 fue aprobada la Ley 6/2017 REFORMA URGENTE DEL TRABAJO AUTÓNOMO y publicada en el B.O.E. el 25/10/17.
Dicha Ley introduce cambios en cuanto a cuotas, gastos deducibles y bonificaciones, así como medidas para favorecer la contratación y la conciliación familiar.
Algunas de las medidas serán de aplicación inmediata y otras entrarán en vigor en el 2018.
A continuación detallamos las principales medidas:
EN CUANTO LA CUOTA DE AUTÓNOMOS:
Con efectos 1 enero 2018.
-Se amplía a 24 meses la tarifa plana para los nuevos autónomos:
Los primeros 12 meses →50 €
6 meses siguientes →137,97 €
6 meses siguientes→192,79 €
-Reducción de los requisitos de acceso:
Se reduce el plazo sin cotizar en el régimen de autónomos a los 2 años inmediatos anteriores a la solicitud de la tarifa plana. (Anteriormente eran 5 años)
-Puede volverse a solicitar la tarifa plana siempre y cuando hayan transcurrido 3 años desde la baja de autónomos.
-Tarifa plana para madres autónomas que reemprendan la actividad después de la baja por maternidad antes de 2 años después del cese.
-Para personas con discapacidad, víctimas de la violencia de género o terrorismo se mantiene la tarifa plana:
Los primeros 12 meses →50 €
4 años siguientes → 137,97 €
EN CUANTO DEDUCCIONES FISCALES:
Con efectos 1 de enero 2018 serán gasto deducible en el IRPF del trabajador autónomo:
-El 30% de los gastos de la vivienda afecta a la actividad (previamente notificada a Hacienda mediante el modelo 036)
-Suministro eléctrico
-Gas
-Agua
-Teléfono
-Internet
-Ibi
-Gastos de Comunidad
-Seguros hogar
El cálculo se realizará en función de los metros totales y los metros afectos y sobre dicho porcentaje el 30% de deducción.
-Gastos de manutención relacionados con su actividad con los mismos límites que los marcados para trabajadores por cuenta ajena:
Dietas:
26,67 €/ día desplazamiento dentro territorio nacional
48,08 €/día desplazamiento en el extranjero
53,34 €/día con pernocta en el municipio.
91,35 €/día con pernocta fuera municipio
Siempre que se paguen por medios electrónico y se esté en posesión de la factura correspondiente.
EN CUANTO AL SISTEMA DE COTIZACION:
-Pago por días reales de alta en vez de meses completos.
-Se amplía a cuatro plazos los cambios en la base de cotización según el tiempo parcial en caso de pluriactividad.
-Los autónomos podrán darse hasta 3 veces de alta y baja en el mismo año.
EN CUANTO A LOS IMPAGOS DE CUOTAS:
El recargo por impago de una cuota se reduce del 20% al 10% si se paga dentro del mes siguiente al impago.
EN CUANTO EL EXCESO DE COTIZACIÓN:
Devolución del 50% del exceso de cotización en la Seguridad Social sin solicitud expresa de devolución por parte del autónomo en situación de pluriactividad (trabajo autónomo + trabajo asalariado).
EN CUANTO AL AUTONOMO SOCIETARIO:
La cuota de autónomos societarios se desvincula al SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL y la base mínima de cotización se determinará en los Presupuestos Generales del Estado de cada año.
EN CUANTO A LA CONCILIACIÓN FAMILIAR:
-Bonificación al 100% de la cuota durante la baja por maternidad o paternidad o por riesgo durante el embarazo.
-Bonificación al 100% de la cuota durante un año para el cuidado de menores de 12 años o familiares en situación de dependencia, siempre y cuando se contrate un trabajador.
EN CUANTO A LA CONTRATACION DE PERSONAL:
-Bonificación de la cuota empresarial durante un año por la contratación de familiares de manera indefinida.
-Bonificación en la contratación de hijos con discapacidad aun siendo mayores de 30 años y que convivan con el autónomo.
EN CUANTO A LA PENSIÓN POR JUBILACIÓN:
Los trabajadores autónomos que se jubilen podrán recibir el 100% y compaginar la actividad siempre y cuando tenga personal contratado para su negocio.
EN CUANTO RIESGO LABORAL:
Reconocimiento por parte de la Seguridad Social como accidente de trabajo el ocurrido en el trayecto de la ida y la vuelta del autónomo a su lugar de trabajo.
EN CUANTO A SU REPRESENTACIÓN Y FORMACIÓN:
Se fomentará las asociaciones de trabajadores autónomos para mejorar y favorecer un mayor poder de decisión económica.
También se fomentará la formación para los trabajadores autónomos.
OTRAS PROPUESTAS PENDIENTES:
Quedan pendientes de aprobación varias propuestas como son:
- Cotización a tiempo parcial.
- Jubilación parcial de los autónomos.
- Facilidades para el relevo generacional del negocio.
- Bonificaciones para autónomos con ingresos por debajo del SMI.